La
			Razón -Lima, 28 de noviembre 2024 
			
			REELECCIÓN
			DE ALCALDES Por
			Antero Flores-Araoz 
			
			En
			el Congreso de la República y fruto de la vorágine
			de hacer modificaciones a la Constitución que nos rige
			desde ya hace algo más de treinta años, se presentó
			proyecto de ley para hacer una enmienda en el sentido de
			restablecer la posibilidad de reelección de alcaldes, sean
			provinciales o distritales. Como se recordará, hace unos
			años se prohibió la reelección inmediata de
			autoridades municipales y, para superar ese escollo es que se
			presentó la iniciativa legislativa a la que nos referimos
			en el párrafo anterior. El proyecto de modificación
			constitucional para permitir la reelección de alcaldes,
			alcanzó la votación calificada requerida, aunque en
			segunda votación no se logró, con lo cual la
			modificatoria pasa al archivo para mejor oportunidad o es sometida
			a referéndum. En buen romance el intento de terminar con la
			prohibición de reelección de alcaldes, simplemente
			fracasó. Evidentemente no es una buena noticia, pues si
			bien el Congreso ejerce entre sus atribuciones y facultades, la de
			representación ciudadana, una cosa es representarnos y otra
			cosa muy diferente es sustituirnos.  Cuando hay la
			normatividad permisiva de reelección de alcaldes, somos los
			ciudadanos los que decidimos si el alcalde repite la función
			o no, pero en la actualidad el Congreso nos ha sustituido en la
			decisión, al determinar simplemente que no hay
			reelección. La reelección edil es conveniente y
			también deseable pues, siendo el mandato municipal de
			cuatro años, por lo general el primer año el alcalde
			va conociendo el cargo y se va asentando en el mismo, para el
			segundo año tratar de llevar adelante las mejoras para las
			que se comprometió en campaña y, en el tercero
			llevarlas a la práctica pues ya para el cuarto será
			difícil hacerlas pues los candidatos a alcalde para el
			nuevo período lo tendrán de saco para entrenamiento
			de boxeo, en que todos los golpes le caerán. Por eso los
			cuatro años son insuficientes y si el alcalde es bueno, hay
			motivo para su reelección. Por otro lado, la experiencia
			nos ha demostrado que son pocos los alcaldes reelegidos, y es el
			elector el que sopesa la actuación del que intenta la
			reelección para renovarle o no su confianza. Si es que
			no hubiera habido reelección no se habían producido
			las excelentes gestiones de varios alcaldes que dejaron exitosa
			huella. Ejemplos hay por doquier, tanto en la capital como en
			provincias, no todos por cierto, pues algunos que fueron reelectos
			no se caracterizaron por su buena actuación, lo que
			demuestra que hay también electores masoquistas. Como dijo
			el Quijote: “Cosas veredes Sancho”. Sería un
			acierto si el Congreso, reconsiderando su última votación
			de la modificación constitucional a la que aludimos, llega
			a votos suficientes para que en las próximas elecciones
			municipales y regionales, exista la posibilidad de reelección
			de sus autoridades. No nos priven a los ciudadanos de nuestro
			derecho a volver a elegir a quien haya tenido satisfactoria
			ejecutoria. 
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